{"id":205,"date":"2025-06-02T13:45:18","date_gmt":"2025-06-02T13:45:18","guid":{"rendered":"https:\/\/www.bloj.net\/tow\/?p=205"},"modified":"2025-06-02T13:45:18","modified_gmt":"2025-06-02T13:45:18","slug":"veto-vecinal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.bloj.es\/tow\/veto-vecinal\/","title":{"rendered":"Veto Vecinal"},"content":{"rendered":"\n<p>La AEMET ha dado la primera alerta por altas temperaturas de la temporada.<\/p>\n\n\n\n<p>En el cosmos jur\u00eddico y sentimental de la comunidad de propietarios hay una figura ineludible: el vecino malasangre -salude, se\u00f1or Sempr\u00fan-. No es necesariamente el presidente ni el que m\u00e1s grita en las juntas, pero s\u00ed es el que ha decidido \u2014por soberbia o por simple afici\u00f3n a la bronca\u2014 que t\u00fa no vas a poner ese aparato de aire acondicionado. Ni en la fachada, ni en el patio, ni en un hueco disimulado. Su cruzada no tiene que ver con el calor, sino con la norma como herramienta de castigo personal., porque tu eres el nuevo, y \u00e9l, como dir\u00eda Sabina, antes de volverse gilipollas, Capit\u00e1n General de la Escalera.<\/p>\n\n\n\n<p>El marco legal es claro: la instalaci\u00f3n de un equipo de aire acondicionado en elementos comunes del edificio (como la fachada, cubiertas o patios interiores) requiere la aprobaci\u00f3n de la comunidad de propietarios, tal como establece la Ley de Propiedad Horizontal, art\u00edculo 7.1. Esta aprobaci\u00f3n debe alcanzar las tres quintas partes del total de propietarios y cuotas, lo cual, en edificios grandes y tensos, es directamente pedirle velas a San Judas Tadeo.<\/p>\n\n\n\n<p>Aqu\u00ed es donde entra nuestro protagonista: ese vecino que no se opone por razones t\u00e9cnicas, ni porque el aparato le moleste, ni siquiera porque le afecte en lo m\u00e1s m\u00ednimo. No. Se opone porque puede y porque quiere. Porque la ley, con sus mayor\u00edas reforzadas y su ret\u00f3rica democr\u00e1tica, le otorga un poder de veto que ejerce con sa\u00f1a. Se opone porque sospecha que t\u00fa, al poner un compresor en la fachada, est\u00e1s violando un orden est\u00e9tico milenario. Porque considera que el edificio \u201cno es un mercadillo de tubos\u201d, aunque tenga el cable de la antena parab\u00f3lica de Canal plus colgando desde 1994. Porque, sencillamente, no quiere que te salgas con la tuya.<\/p>\n\n\n\n<p>Y ojocuidado: no hay defensa racional contra este tipo de oposici\u00f3n. Puedes presentar informes t\u00e9cnicos, demostrar que no afecta a la estructura, que el ruido es imperceptible, que el goteo se recoge en dep\u00f3sito sellado. Puedes incluso ofrecer pagar t\u00fa mismo el revestimiento para que quede integrado. Da igual. \u00c9l votar\u00e1 en contra. Lo anunciar\u00e1 con solemnidad. Y si es preciso, lo llevar\u00e1 a los tribunales. Porque no hay placer m\u00e1s refinado que judicializar el confort ajeno.<\/p>\n\n\n\n<p>Pero a\u00fan hay m\u00e1s. La legislaci\u00f3n municipal en Madrid a\u00f1ade una capa extra de complejidad (y cinismo) al asunto. El Ayuntamiento, en su cruzada por el orden urban\u00edstico, obliga \u2014en la medida de lo posible\u2014 a instalar los aparatos de aire acondicionado en las cubiertas del edificio. Esto figura en las Normas Urban\u00edsticas del Plan General de Ordenaci\u00f3n Urbana de Madrid (PGOUM 1997). Las cubiertas son, seg\u00fan el consistorio, el lugar id\u00f3neo para concentrar estas unidades sin afectar la est\u00e9tica de la fachada ni el bienestar vecinal.<\/p>\n\n\n\n<p>El problema es que, en la pr\u00e1ctica, las cubiertas no siempre est\u00e1n disponibles. A menudo son inaccesibles, no tienen preinstalaci\u00f3n alguna y, lo m\u00e1s frecuente: el acceso est\u00e1 limitado o directamente prohibido por los propios estatutos de la comunidad o por esa misma junta de propietarios que no quiere que toques ni una teja. Y si se propone una instalaci\u00f3n colectiva (soluci\u00f3n ideal), entonces el vecino malasangre se transforma en constitucionalista, defensor de la propiedad individual e invocador de costes imaginarios para vetar el proyecto.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed que te ves atrapado. La ley estatal exige permiso para tocar la fachada. La municipal exige que no la toques, y que lo pongas en un sitio al que no te dejan subir. Y el vecino malasangre \u2014que ya tiene aire desde hace a\u00f1os, pero lo instal\u00f3 \u201ccuando no se ped\u00eda tanto papeleo\u201d\u2014 te niega la autorizaci\u00f3n con una sonrisa afilada.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfY si instalas sin permiso? Te arriesgas a que la comunidad te denuncie, te obligue a desmontarlo, te reclame da\u00f1os y perjuicios y, si hay ganas, te lleve a juicio. \u00bfY si esperas una mayor\u00eda favorable? Ya sabes qui\u00e9n la va a bloquear. \u00bfY si te acoges a un supuesto de tolerancia generalizada? Har\u00e1n limpieza selectiva, dejando solo tu aparato a la intemperie jur\u00eddica. En el ecosistema vecinal, la coherencia no cotiza.<\/p>\n\n\n\n<p>Todo esto nos lleva a una conclusi\u00f3n tan previsible como deprimente: la Ley, cuando se combina con el esp\u00edritu rencoroso de ciertos propietarios, deja de ser garant\u00eda de convivencia y se convierte en instrumento de represi\u00f3n microdom\u00e9stica. La comunidad ya no decide qu\u00e9 es mejor para todos, sino qu\u00e9 es lo peor que puede hacerte sin salirse del marco legal. -Ya pod\u00eda haberse ido este malnacido a vivir al campo-<\/p>\n\n\n\n<p>La legislaci\u00f3n pretende ordenar, pero habilita bloqueos absurdos. Las ordenanzas urbanas quieren preservar la est\u00e9tica, pero a costa del confort. Y el vecino malasangre, amparado por esa mezcla de derecho y desgana colectiva, impone su ley del hielo con una votaci\u00f3n de voz firme y moral dudosa.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfSoluciones? S\u00ed, pero fr\u00e1giles. Algunas comunidades permiten instalaciones si no hay oposici\u00f3n expresa durante un plazo razonable. Otras han reformado sus estatutos para permitir aires en patios o fachadas secundarias. Tambi\u00e9n hay casos en los que los tribunales han reconocido el abuso de derecho cuando la oposici\u00f3n es manifiestamente injustificada. Pero no son la norma. Son la excepci\u00f3n judicial en un mar de reglamentismo vecinal.<\/p>\n\n\n\n<p>Mientras tanto, t\u00fa sudas. Pero ya no es una met\u00e1fora. Porque los veranos en Madrid han dejado de ser una incomodidad estacional para convertirse en un riesgo sanitario. Porque en esta ciudad, como en tantas otras, vivir sin aire acondicionado empieza a ser un lujo que ya no se puede permitir. No hablamos de capricho ni de confort, sino de salud. De ancianos solos en pisos interiores. De ni\u00f1os que no duermen. De trabajadores que teletrabajan en un horno legal.<\/p>\n\n\n\n<p>Y, aun as\u00ed, la normativa parece redactada en otro siglo. Se exige una mayor\u00eda cualificada para colgar un compresor en la fachada, mientras las temperaturas baten r\u00e9cords a\u00f1o tras a\u00f1o. La ley no ha entendido a\u00fan que el clima ha cambiado. Pero el cuerpo s\u00ed. El cuerpo, que late lento, que se agota, que no regula m\u00e1s de 38 grados sin ayuda.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed que no se trata de est\u00e9tica ni de reglamentos. Se trata de adaptarse o padecer. Y mientras haya vecinos dispuestos a vetar por costumbre y normativas que a\u00fan creen que el verano es una an\u00e9cdota, seguir\u00e1n muriendo m\u00e1s personas por olas de calor que por incendios.<\/p>\n\n\n\n<p>Eso tambi\u00e9n deber\u00eda estar en el acta.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La AEMET ha dado la primera alerta por altas temperaturas de la temporada. En el cosmos jur\u00eddico y sentimental de la comunidad de propietarios hay una figura ineludible: el vecino malasangre -salude, se\u00f1or Sempr\u00fan-. 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